Polo Obrero: “decreto 1005/24, pan para hoy hambre para mañana”

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El Polo Obrero emitió un comunicado en respuesta y crítica al Decreto 1005/24 del Gobierno Provincial, donde se establece la devolución de los impuestos a las ganancias para trabajadores activos y jubilados de la administración pública y provincial.

Con fecha 19 de septiembre se dio a conocer el Decreto 1005/24 por parte del Gobierno Provincial, donde se establece la devolución de los impuestos descontados por la 4ta categoría del mal llamado Impuesto a las Ganancias a los trabajadores activos y jubilados de la Administración Pública Provincial. Esto está sujeto a 3 condiciones:

1) Ser residente en Santa Cruz. (aunque el trabajador haya aportado 30 años a la Caja de Previsión Social)
2) Completar el Formulario 572 de AFIP (muchos van a tener que contratar un contador para hacerlo)
3) No superar un ingreso bruto de 3 millones doscientos mil pesos. (aquellos que cobren mas no se les va a restituir nada)

El Decreto que pretende ser un a “tabla de salvación” para que los trabajadores activos y pasivos no vean “comidos” los futuros aumentos logrados en Paritarias después de arduas jornadas de luchas; esconde en el Artículo 1ro que es solo por 3 meses.¿ Y después?

Muchos jubilados de la CPS ya fueron alcanzados injustamente por estos descuentos. En unos días veremos cómo algunos compañeros docentes activos, especialmente en las localidades rurales y cordilleranas con adicionales de 180% por zona muy desfavorable serán afectados por la misma medida.
Existe abundante jurisprudencia en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en distintos Tribunales de Apelación que los pasivos no deben sufrir ningún tipo de descuento por este arbitrario impuesto.

El salario no es ganancia han pronunciado la mayoría de las entidades sindicales, al igual que los diputados y senadores, mientras votaban la Ley Bases y las facultades extraordinarias al Presidente para que pueda volver a imponer este tributo mientras mantiene las exenciones impositivas a la renta financiera y a las compañías mineras.

“La Ley resulta inconstitucional por violar:
a) el reparto de competencias entre el Estado federal y las provincias
b) el procedimiento de sanción de las leyes
c) el principio de igualdad tributaria y razonabilidad
d) el principio de progresividad en derechos humanos”

En Santa Cruz, en el año 2007 después de una enorme lucha sindical y social, los trabajadores consiguieron que no se tomara el Ítem Zona Desfavorable para el cálculo del impuesto a las Ganancias. Se hizo al conocer el Decreto 934 del 20 julio de 1997, por el cual el entonces Gobernador Néstor Kirchner exceptuaba del pago de dicho impuesto a todos sus funcionarios de alto rango.

En Neuquén, el Gobierno Provincial y la Justicia ya dictaminaron no tomar la “dedicación funcional” para el cálculo de este gravamen.

Es hora de parar la pelota. No hay que salir corriendo a completar ningún formulario de AFIP, que más adelante podría privar de otros derechos (como el acceso al subsidio al gas); y defender integralmente el salario de todos los trabajadores activos y jubilados de Santa Cruz.

Vamos a las Asambleas
Nos declaramos en Alerta y Movilización
La próxima ronda paritaria debe abordar este tema como primer punto para que el IMPUESTO AL SALARIO no se coma los futuros aumentos.